BASES y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

BENELLI FEST”

1) La Promoción.

1.1.) La participación en esta acción denominada “BENELLI FEST (la “Promoción”) implica para sus participantes el conocimiento y la aceptación de pleno derecho, incondicional e irrevocable de las presentes bases y condiciones que conforman el reglamento (el “Reglamento”) cuanto de las decisiones que adopte el organizador sobre cualquier cuestión no prevista en el Reglamento. Las bases y condiciones se podrán consultar en el sitio web: www.mundomaipu.com.ar

1.2.) AUTOMA S.A. CUIT 30-71057666-8, (el “Organizador”) con domicilio en calle Tristan y Moscoso 4085 de la ciudad de Córdoba, se reserva el derecho exclusivo, inobjetable e inapelable de interpretar el Reglamento a su arbitrio en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la Promoción, no pudiéndose efectuar reclamo alguno por parte de quienes participen a través de las acreditaciones, de acuerdo a lo previsto en el Reglamento.

2) Vigencia de la Promoción.

2.1.) La Promoción tendrá vigencia solo paran personas humanas, inscriptas y debidamente acreditados los días del evento organizado por MOTO CAFÉ, que se llevará a cabo los días 29 y 30 de Abril de 2023, sobre la costanera de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba.

3) Participantes y formas de participación.

3.1.) Podrán participar de la Promoción, todas aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años que tengan domicilio en la República Argentina, y que se hubieran inscripto en el evento organizado por Moto Café de forma previa, y que los días señalados se hubieran acreditado, donde se le entregará una calcomanía para su motocicleta que contendrá un número que lo habilitará para su participación en este sorteo.- La participación en el evento es “sin obligación de compra”, por lo que podrán participar toda otra persona que no se hubiera acreditado en Moto Café, a quien se le asignará un número para el sorteo en el stand de Benelli.-

3.2.) Para poder participar, la inscripción del asistente deberá serlo en forma completa a través de sus datos personales.- La decisión sobre la validez y fidedignidad de los datos consignados por los Participantes corresponde exclusivamente al Organizador y sus resoluciones serán irrecurribles.

3.3.) La falta de cumplimiento de algunos de los requisitos pre mencionados impedirá la participación en la promoción.

3.4) Los días indicados, se llevará a cabo una prueba de manejo “marcha lenta” utilizando para ello dos motocicletas marca Suzuki modelo AX100, color negra, que estarán disponibles para todos los interesados en llevarla a cabo y en un lugar apropiado, no siendo requisito realizarla para participar en el sorteo.-

3.5) Solo podrá haber un ganador por cada motocicleta, no pudiendo ser la misma persona quien resulte ganadora de ambas.-

4) Premio.

4.1.) El “Premio” consiste en dos (2) motocicletas marca Suzuki modelo AX100, color negra; que fueran utilizadas previamente en la prueba de manejo “marcha lenta”, en el estado en que las mismas se encuentren luego de ella.- Todos los costos asociados a la adjudicación del Premio (impuestos, sellados, tasas y gratuidades) cuanto los gastos de flete, formulario y patentamiento, serán a cargo exclusivo del ganador del sorteo, así como también cualquier otro gasto adicional y/o trámite que no se encuentre expresamente previsto en el presente Reglamento (por ejemplo, pero sin limitarse a: gastos en que incurra el ganador para retirar el Premio, estadía y/o cualquier otro gasto, tasa o impuesto adicional).

4.2.) El impuesto sobre premios (Ley 20.630) y/o cualquier otro impuesto, tasa o gravamen aplicable sobre el Premio será a cargo exclusivo del ganador.

4.3.) El Premio podrá ser transferido a un tercero, solo después de facturada la motocicleta al ganador, cuyos costos serán a cargo de éste último.- En ningún caso el premio podrá ser canjeado por dinero efectivo ni es redimible por ninguna otra prestación, bien o servicio.

4.4.) El ganador tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para solicitar la entrega del bien a la firma Automa SA en su domicilio legal, el cual podrá retirar previa acreditación de la inscripción registral del rodado por ante la DRNPA.- En caso que pasado los cinco (5) días hábiles el ganador no se presente a solicitar el premio, caducará su derecho quedando por ello desierto el sorteo.- De igual forma, si el ganador que hubiera solicitado la entrega del bien, no acreditara su inscripción registral en el plazo de 15 días hábiles, sea cual fuera la causa, también perderá el derecho al premio.-

4.5.) El premio asignado y no entregado y/o reclamado quedará en poder del Organizador.-

5) Sorteo.

5.1.) El sorteo del Premio se realizará, el primero, una unidad el día 29 y otra el día 30 de abril de 2023 a través de un software apropiado para ello a la vista de los asistentes, donde se registrará los datos de dos ganadores, quienes serán anunciados como tales, a viva voz, no siendo necesario se encuentren en el lugar.

5.2.) La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no resulta posible su predeterminación matemática. No obstante y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, se estima que para obtener el Premio existirá una probabilidad aproximada de 1 x 50.000. Estas estimaciones se han confeccionado sobre la base de que cada uno de los Participantes obtenga una chance, tal como se prevé en el Reglamento.

6) Comunicación al ganador.

6.1.) Los Participantes favorecidos en el sorteo, serán informados de su calidad a través de llamada telefónica, mensaje o mail, según los datos proporcionados en la inscripción.

6.2.) El potencial ganador deberá presentarse ante Automa SA conforme la cláusula 4.4, dentro del horario de atención al público, a efectos de hacer efectiva la adjudicación del Premio.-

6.3.) Como pre-requisito para la adjudicación del Premio, los Participantes favorecidos deberán contestar correctamente una (1) pregunta de interés o cultura general. El cumplimiento de lo dispuesto en los puntos 6.2.) y 6.3.), y de lo dispuesto en las presentes bases, importará la adjudicación definitiva del Premio.

6.4.) En caso de tratarse de un ganador participante “sin obligación de compra” y no presentarse en la fecha, lugar y hora que se le indique (conforme lo establecido en los apartados 6.1.) y 6.2.) o bien si no contestara correctamente la pregunta de cultura general que se le formule, perderá automáticamente su derecho al Premio, sin necesidad de notificación previa y sin que le asista derecho a reclamo alguno al respecto.

7) Otras cláusulas

7.1.) Por la sola participación en la “Promoción”, los “Participantes” y quien resulte ganador autorizan expresa e irrevocablemente al AUTOMA S.A., a difundir y/o publicar sus nombres, datos de identificación y/o divulgar sus imágenes fotográficas y/o filmadas en los medios y/o en las formas y medios de difusión masiva que considere convenientes, sin derecho a compensación alguna.

7.2.) AUTOMA S.A. deslinda toda responsabilidad con relación al trámite de documentación e inscripción del vehículo adjudicado como Premio. Asimismo, no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el ganador y/o su acompañante o terceros o sus personas o bienes con motivo de la utilización del Premio otorgado en virtud de la “Promoción”; como tampoco ante cualquier siniestro durante la prueba de manejo que el participante pudiera realizar, siendo esto de responsabilidad exclusiva de éste último.-

7.3.) No podrán participar en la “Promoción”, los empleados de AUTOMA S.A. o sus empresas vinculadas, ni de sus agencias de publicidad y promoción, ni familiares de los directores en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la “Promoción”.

7.4.) Las bases y condiciones que conforman el Reglamento de la presente Promoción se encuentran encuadradas en los términos del Artículo 10º de la Ley 22.802 y en la restante normativa concordante aplicable en la materia, y estarán disponibles en el stand Benelli y en la web site: www.mundomaipu.com.ar